Azufre de los combustibles para uso marítimo, motivo de sanción

En los últimos meses hemos asistido en numerosos expedientes sancionadores iniciados por parte de las distintas Capitanías Marítimas españolas y la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) en lo relativo al contenido de azufre de los combustibles para uso marítimo utilizados por los buques atracados y fondeados en puertos españoles.
Nadie negará que, en una compraventa internacional efectuada bajo condiciones CIF (Cost, Insurance and Freight), o CFR (Cost and Freight), el riesgo de daños sobre las mercancías durante el transporte recae sobre el Comprador desde el momento en que la mercancía pasa la borda del buque a su carga en origen. Sin embargo, no son pocas las veces en que el Asegurador de la mercancía indemniza al Vendedor CIF en origen cuando la mercancía resulta dañada durante la travesía marítima, y ello a pesar de que en el momento en que los daños tuvieron lugar el Vendedor carecería de cualquier riesgo asegurable según los términos CIF pactados.

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 13 de julio de 2017 dictada en el asunto C-368/16 resuelve una cuestión prejudicial en la que se plantea, en síntesis, si un perjudicado que tiene acción directa contra el seguro de responsabilidad civil del causante del daño puede ejercitar dicha acción en el lugar en que ocurrió el daño o si, en su caso, se ve vinculado por el pacto atributivo de competencia que haya pactado el seguro y el asegurado responsable.
En el BOE de fecha 13 de mayo de 2017 se ha publicado el
La Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia ha emitido un nuevo Auto, de fecha 17 de mayo de 2017, analizando la validez de las cláusulas de jurisdicción insertadas en conocimientos de embarque tras la entrada en vigor de la Ley de la Navegación Marítima. La cláusula en cuestión establecía que la jurisdicción para conocer de las disputas surgidas del conocimiento de embarque correspondía a los Tribunales de Hong Kong.
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