La seguridad en el transporte y el papel de la Autoridad Administrativa Independiente, a propósito de la Ley 2/2024 de 1 de agosto
El transporte marítimo, ferroviario y aéreo, a pesar de los avances tecnológicos y normativos, sigue presentando riesgos relevantes para la vida humana, la integridad de los medios de transporte, las cargas y el medio ambiente. En este contexto, la gestión adecuada de los accidentes e incidentes constituye un elemento esencial para fortalecer la seguridad en estos sectores estratégicos.
La experiencia demuestra que es vital contar con sistemas de prevención, control y respuesta bien estructurados. De esta necesidad nace la Ley 2/2024, de 1 de agosto, de creación de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes Ferroviarios, Marítimos y de Aviación Civil. Esta ley representa un avance significativo en el fortalecimiento de los mecanismos de investigación y control en materia de seguridad en el transporte en España, otorgando un papel esencial a un nuevo organismo creado a tal fin: la Autoridad Administrativa Independiente (AAI).
La Ley 2/2024 establece el marco normativo para la creación de esta Autoridad, que se configura como un organismo autónomo e imparcial. Su principal objetivo es la investigación de accidentes e incidentes en los modos marítimo, ferroviario y aéreo, no solo para determinar las causas de cada suceso, sino también para formular recomendaciones que permitan prevenir futuros accidentes.
El establecimiento de esta Autoridad responde a la necesidad de garantizar investigaciones libres de interferencias externas, asegurando así la objetividad de sus actuaciones y conclusiones, basándose en los principios de independencia funcional, objetividad, transparencia, prevención, confidencialidad en la investigación, cooperación institucional e internacional y el acceso de las víctimas y partes interesadas.
Además, la nueva regulación refuerza el compromiso de España con los estándares internacionales, como los establecidos por la Organización Marítima Internacional (OMI), para el ámbito marítimo, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), para el sector aéreo y, la Organización Intergubernamental para los Transportes Internacionales por Ferrocarril (OTIF) para el ámbito ferroviario.
Centrándonos en sus funciones, la AAI tiene varias responsabilidades clave, entre las cuales destacan:
- Investigación imparcial y técnica de accidentes: La Autoridad se encargará de analizar cada incidente o accidente técnicos en los tres modos de transporte (marítimo, aéreo y ferroviario), recogiendo todos los datos relevantes y realizando una evaluación técnica para determinar las causas. Dicha investigación se llevará acabo con criterios de máxima transparencia permitiendo el acceso a la información de las víctimas directamente relacionadas con la investigación de que se trate, así como de las demás partes interesadas.
No podemos obviar que la investigación de accidentes e incidentes es un proceso detallado y complejo que implica la recopilación de evidencias, realizar entrevistas con las partes y con testigos, y desarrollar un análisis técnico de los medios de transporte involucrados y sus protocolos de actuación, siendo uno de sus objetivos principales identificar las causas subyacentes de los accidentes e incidentes. Estos pueden ser de naturaleza técnica, humana, organizacional o de infraestructura.
- Elaboración de informes y recomendaciones: Tras la investigación, la AAI emitirá informes detallados y sugerirá medidas correctivas, que serán publicadas en la sede electrónica de la Autoridad para conocimiento público. Las recomendaciones de seguridad no podrán constituir presunción de culpa o de responsabilidad por un accidente o incidente y podrán referirse a deficiencias que no constituyan la causa del accidente. No será necesario esperar a la publicación del informe final para formular recomendaciones de seguridad.
- Colaboración con otras instituciones: La investigación técnica de accidentes e incidentes será independiente de cualquier otro procedimiento administrativo, judicial o parlamentario que se abra en relación con el suceso investigado, y el personal de la AAI implicado en la investigación no podrá formar parte de otros equipos, grupos o ámbitos de investigación del incidente salvo acuerdo explícito de la Autoridad. Sin embargo, con la finalidad de que los distintos procedimientos se desarrollen eficazmente, la Autoridad mantendrá las debidas relaciones de colaboración con las instituciones con competencias relacionadas con el accidente o incidente objeto de una investigación técnica (Cortes Generales, Poder Judicial, Ministerio Fiscal y otras Autoridades de Investigación Técnica).
De igual modo, la AAI podrá participar o aceptar la invitación a participar en la investigación de un accidente o incidente fuera del territorio español, lo que sin duda redundará en un beneficio no solo propio sino también global al poder compartir conocimiento y experiencia con autoridades o instituciones de otros países.
- Capacitación y sensibilización: Además de la investigación, la AAI llevará a cabo programas de capacitación y sensibilización para los actores del sector marítimo, aéreo y ferroviario, con el fin de reducir los riesgos de accidentes y mejorar una cultura de seguridad internacional.
Centrándonos en las particularidades de cada sector regulado en la Ley, queremos destacar los siguientes puntos:
- Sector Ferroviario: El transporte ferroviario plantea riesgos vinculados a descarrilamientos, colisiones, accidentes en pasos de nivel, daños causados a personas por material rodante en movimiento, incendios, fallos técnicos de los subsistemas estructurales, componentes del sistema ferroviario entre otros. Por ello, la AAI investigará los accidentes ferroviarios graves que se produzcan sobre la Red Ferroviaria de Interés General definida en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario.
- Sector Marítimo: En el transporte marítimo, la Autoridad investigará los accidentes marítimos muy graves y graves que afecten a buques que enarbolen pabellón español, con independencia de la localización del accidente, así como también de los accidentes que se produzcan en el mar territorial o las aguas interiores españolas ,como define la CNUDM / CONVENMAR, con independencia del pabellón que enarbolen los buques que se vean implicados en el siniestro, o los que afecten a intereses de consideración de España, con independencia de la localización del siniestro y del pabellón que enarbolen los buques que se vean implicados y las instalaciones o infraestructuras utilizadas para operaciones relacionadas con la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino (1).
En base a la Ley 2/2024, de 1 de agosto, la Autoridad excluye de su ámbito de investigación los accidentes e incidentes marítimos a buques de guerra y demás adscritos u operados por las Fuerzas Armadas, a buques de Estado que presten con carácter exclusivo servicios de carácter no comercial, a los accidentes e incidentes ocurridos en aguas interiores no marítimas, y por último, a aquellos buques carentes de propulsión mecánica, buques de madera y construcción primitiva, yates y naves de recreo que no se utilicen para el comercio, a menos que estén o vayan a estar tripulados y lleven o vayan a llevar más de doce pasajeros con fines comerciales y buques de pesca con una eslora inferior a quince metros.
- Sector de la Aviación Civil: La aviación civil, no solo por su elevada complejidad tecnológica y organizativa, sino también porque así se ha venido exigiendo históricamente, aplica los más altos niveles garantía y seguridad. La AAI asumirá la responsabilidad de la investigación de accidentes e incidentes graves (2) de aviación civil, accidentes e incidentes producidos en territorio español o fuera de la jurisdicción española cuando una persona de nacionalidad española haya sufrido daños relevantes.
CONCLUSIONES:
La creación de la Autoridad Administrativa Independiente (AAI) constituye un paso decisivo para el refuerzo de la seguridad en el transporte en España, con una afección positiva también a la seguridad global. Al consolidar en un único organismo las investigaciones de accidentes marítimos, ferroviarios y aéreos, se optimiza la eficiencia administrativa, se garantiza la independencia funcional y se fortalece la posición de España en materia de seguridad a nivel internacional.
Esta reforma no solo facilitará investigaciones imparciales y rigurosas, sino que promoverá un enfoque proactivo en la prevención de accidentes, en un continuo aprendizaje y afán de mejora, alineándose plenamente con los principios de transparencia, objetividad y progreso continuo que demandan las normas internacionales.
- Real Decreto-ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino.
- Reglamento (UE) 996/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010.







