Sentencia del Tribunal Supremo: responsabilidad del transportista frente al hurto de mercancía

Especial mención merece la reciente sentencia del Tribunal Supremo nº. 399/2015 de 10 de julio, en la que de forma novedosa establece un criterio sólido sobre la responsabilidad del transportista al elegir el área de descanso, cuando falla: ”Las circunstancias que concurrieron en el robo de la mercancía, (estacionamiento en lugar peligroso, accesible y no vigilado, débil protección de la mercancía en un remolque cubierto por una lona y ausencia de vigilancia por el conductor) permiten que la calificación de la conducta del transportista tenga acogida en el sentido amplio del dolo, respecto del incumplimiento de los deberes elementales de la obligación de custodia que le incumbía: extremo que justifica la NO aplicación de los límites cuantitativos derivados del artículo 23, en relación al art. 29 del CMR (RCL 1974, 980)”. Leer más

Puntos a analizar frente al hurto de mercancía

Entre los distintos elementos analizados, uno clave es elegir el área de descanso adecuada y segura. Y ello porque el momento de descanso durante el transporte supone dejar el camión y la mercancía cargada sin el control directo del transportista. Es por ello que, para poder concluir si el transportista efectivo tomó las medidas necesarias para prevenir y evitar cualquier hurto o robo valorando el lugar de aparcamiento elegido, se analizan por aseguradoras y jurisprudencia los siguientes puntos básicos: Leer más

La responsabilidad del transportista frente al hurto de la mercancía

Es un hecho cotidiano, aunque no deseado, el recibir noticias de transportistas que han sufrido hurtos y robos con el camión cargado de mercancía durante la realización del trayecto pactado en el contrato de transporte. De hecho hay áreas geográficas especialmente conflictivas en este aspecto, tanto a nivel nacional como internacional. El sistema de responsabilidad del transportista de mercancías por carretera es igual en el transporte internacional (Convenio CMR, arts. 17-29) que en el transporte nacional en España (Ley 15/2009 de 11 Noviembre, arts. 46-63). El transportista responde no sólo de los daños o del retraso en la entrega de la mercancía que le fue confiada, sino también por pérdida debida a robo u otra causa. Leer más

Julia García en el 6º seminario legal en materia de financiación de aeronaves

Nuestra socia de Aiyon Abogados Julia García, ha asistido el pasado 3 de junio del 2016 al 6º seminario legal en materia de financiación de aeronaves celebrado por la Asociación Europea de Derecho Aéreo en Copenhague.
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Mora en el pago por las reclamaciones con los clubs de protección e indemnización bajo Derecho español

La redacción del artículo 465 de la Ley de la Navegación Marítima, que entró en vigor el 25 de septiembre de 2014, abre las puertas a una posible acción directa contra el Club de Protección e Indemnización ante los tribunales. Hasta en tanto, esta cuestión no se clarifique, los Clubs podrán alegar la aplicación de Derecho inglés a sus contratos de seguro marítimo en consideración a que el transporte marítimo se considera un gran riesgo en el que la ley a la que se someten las partes prevalece. Esto requerirá prueba del contenido de dicho derecho aplicable. La falta o insuficiencia de tal prueba podría llevar a la aplicación de derecho español.

Según cuál sea el régimen legal aplicable a la acción de este tercero ante los juzgados españoles, las consecuencias respecto de la demora del pago por parte de la aseguradora pueden variar.

AIYON ABOGADOS, como asesores jurídicos en materia de Derecho Marítimo y de Seguros, comparará las consecuencias de la aplicación de ambos regímenes legales, en inglés y el español.
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