Polémica sentencia en el caso Spanair: Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15) núm. 165/2016 de 12 de julio.

El Reglamento (CE) 785/2004 sobre requisitos de seguro de las compañías aéreas establece que la cobertura mínima del seguro de pasajeros será de 250.000 DEG por pasajero. Leer más

Julia García en el 6º seminario legal en materia de financiación de aeronaves

Nuestra socia de Aiyon Abogados Julia García, ha asistido el pasado 3 de junio del 2016 al 6º seminario legal en materia de financiación de aeronaves celebrado por la Asociación Europea de Derecho Aéreo en Copenhague.
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Aiyon Abogados en el ‘Foro por el desarrollo de las infraestructuras logísticas, el crecimiento y el empleo en Andalucía»

foro-desarrollo-infraestructura-andalucia-transporteEl pasado 2 de junio de 2016, el Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio celebró en Antequera (Malaga/España) el ‘Foro por el desarrollo de las infraestructuras logísticas, el crecimiento y el empleo en Andalucía’, al que asistieron las principales compañías del sector del transporte de Andalucía y por parte de AIYON ABOGADOS SLP nuestros compañeros Enrique Ortiz y Jose Dominguez, expertos en Derecho Marítimo, Derecho de los Transportes, Comercio Internacional y Derecho de Seguros.

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Reclamación del empleador frente a la compañía aérea por los daños producidos por retrasos: planteamiento

Una reciente sentencia de la Sala 3ª del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha abordado el tema de la posible legitimación activa de las personas jurídicas, empleadoras de los pasajeros, y que han contratado el vuelo, para reclamar contra la compañía aérea, por daños como consecuencia del retraso en llegar a destino de sus empleados.

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Reclamación por retrasos frente a compañía aérea: resultado

La sentencia de la Sala 3ª del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 17 de febrero de 2016,  ha resuelto que el artículo 19 del Convenio de Montreal acepta la reclamación de aquellas empresas que sufren daños y perjuicios como consecuencia de los retrasos sufridos por sus empleados en vuelos internacionales dentro de los límites indemnizatorios que establece el artículo 22.1 de dicho Convenio.

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Prescripción de la Acción del Artículo 7 del Reglamento 261/2004

El plazo en España para la reclamación contractual por compensación del artículo 7 del Reglamento (CE) núm. 261/2004 es de cinco años de prescripción salvo que aplique alguna norma foral específica.

En relación a una reciente consulta de uno de nuestros queremos hablar de la reclamación contra el transportista aéreo para obtener la compensación del artículo 7 del Reglamento (CE) núm. 261/2004 por cancelación, denegación de embarque o gran retraso, no está comprendida en el ámbito de aplicación del Convenio de Montreal. Leer más

El Colegio de Abogados de Madrid crea una nueva sección dedicada al Derecho Marítimo y de Transporte

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de 21 de enero de 2016, el ICAM crea la nueva Sección de Derecho Marítimo y del Transporte.

El objetivo de dicha Sección es atender a todos los sectores que tengan relación con la navegación marítima y el transporte combinado, apoyando la formación de los profesionales que intervengan en estas áreas. Además, esta Sección tiene por objeto contribuir a la divulgación del Derecho Marítimo y del Transporte y reforzar las relaciones con los Tribunales así como explorar la posibilidad de crear un órgano arbitral especializado. Finalmente, es propósito de esta Sección procurar estar presente en la elaboración de las leyes que afecten al sector.

Aiyon Abogados pertenece ya a esta nueva Sección y esperamos la misma logre sus objetivos.

Hora de llegada: Momento en que se abre la puerta del avión

Al regular los retrasos aéreos, el Reglamento nº 261/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, no define cual es el momento de la llegada efectiva de la aeronave y, por tanto, cómo debe computarse la duración de dichos retrasos. Por esta razón, tanto de las exigencias de la aplicación uniforme del Derecho de la Unión como del principio de igualdad de trato que requieren que aquellas provisiones del Derecho de la Unión que no contengan una referencia expresa a la legislación de los Estados Miembros para determinar su sentido y alcance debe ser objeto de una interpretación común en toda la Unión Europea.
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