Limitación de cobertura por falta de debida vigilancia durante el transporte por carretera

El Tribunal Supremo ha tenido la oportunidad de clarificar jurisprudencia contradictoria de Audiencias Provinciales en su sentencia (núm. 590/2017) de fecha 7 de noviembre de 2017 en relación con los requisitos para la validez de las cláusulas de exoneración de responsabilidad de las aseguradoras en caso de robo de la mercancía estacionada en espacios o recintos sin la debida vigilancia.
En mayo de 2014 entró en vigor la Directiva 2014/47/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en la Unión Europea. Directiva que actualiza el régimen de inspecciones técnicas en carretera al establecer unos requisitos mínimos comunes a todos los Estados Miembros, con el objetivo es mejorar las condiciones de seguridad en las vías. Ahora, el recientemente publicado
El artículo 1.911 del Código Civil español establece el principio de responsabilidad universal ilimitada al establecer que “Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros”. La limitación de responsabilidad es una figura excepcional en Derecho español. Por esta razón, los juzgados españoles suelen ser reacios a aceptar la limitación de responsabilidad que establecen los convenios internacionales en materia de transporte y buscan un camino para evitar tal limitación.
El pasado 2 de junio de 2016, el