Nuevo plazo de prescripción de las acciones personales
El 6 de octubre 2015, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 42/2015 de 5 de octubre que modifica la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
La Disposición Final Primera de la Ley 42/2015 cambia la redacción del artículo 1964 del Código Civil acortando el plazo general de las acciones personales. Previo a la reforma, el Artículo 1964 establecía un plazo de prescripción de 15 años. Tras la reforma, aquellas acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan. Leer más